viernes, 31 de mayo de 2013

Caso Marduk

El pasado 28 de mayo el joven Marduk Chimalli Hernández, fue liberado tras pasar dos meses y medio en el Reclusorio Preventivo Varonil Norte. La Séptima Sala Penal determino revocar el auto de formal prisión por falta de elementos para procesar.

En este espacio celebramos la libertad del joven Marduk, la cual en términos del sistema de impartición de justicia en México fue rápida. Toda vez que no hubiera sido posible de no ser por la atención que obtuvo de los medios de comunicación y precisamente por ello efectuamos el siguiente análisis:

El día 29 de mayo en la portada de la sección “Ciudad” del periódico Reforma, en la nota titulada “Liberan a Marduk” se aprecia en un fragmento:

“Ayer por la mañana, Procurador de Justicia, Rodolfo Ríos, informo al abogado y a familiares de Marduk la decisión del Magistrado, por lo que el joven fue notificado de la resolución y alrededor de las 16:00 horas salió de prisión”

Primeramente debemos entender que el Sr. Procurador es el titular de la representación social encargada de perseguir el delito, y en consecuencia de quienes integraron la averiguación previa y el ejercicio de la acción penal en contra del joven Marduk. ¡Ahora resulta que el Sr. Procurador es muy buena gente y atento!

Lo anterior sucedió pues evidentemente porque el caso tenía la atención de los medios de comunicación, porque en la práctica generalmente no sucede tales muestras de atención y en especial con la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, que desde su extitular (ahora jefe de gobierno) ha sido una de las autoridades que más ha cometido violaciones a los derechos humanos.

Así mismo nos llama la atención que el joven Marduk salió de prisión a las 16:00 horas, lo cual de nueva cuenta esto no sucede en la práctica, es decir cuando una persona es liberada de un reclusorio salen de dicho lugar posterior a las 23:00 horas, habiendo casos en que incluso se exceden a las 3 o 4 de la madrugada del día siguiente. Esto mismo sucedió con quienes fueron liberados por los disturbios del 1 de diciembre de 2012 para que pudieran ser captados por la cámaras de los noticieros.

Por otra parte en la sección “Justicia”, página 8 del periódico de referencia, en la nota titulada “Indagan a agentes por caso Marduk” se aprecia en un fragmento:

“La Comisión de Derechos Humanos (CDHDF) investiga la posible detención arbitraria de Marduk Chimalli Hernández Castro y violaciones al debido proceso, pues fue acusado de robar un celular en Azcapotzalco.”

De nueva cuenta vemos la atención y servicio, cuando existe el furor de la atención de los medios de comunicación, ya que de inmediato tomo acciones la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; siendo realistas esto no sucede en la práctica ya que existen casos en los que se hace del conocimiento de dicha comisión sobre violaciones a los derechos humanos así como violaciones al debido proceso, y pasan meses sin que dicha comisión actué de manera rápida, contundente y eficaz.

Esto solo sucede cuando tienen la oportunidad de brillar ante los medios de comunicación. Recordemos el caso de los disturbios del 1 de diciembre de 2012 en el que no habían pasado 15 días y la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal ya había efectuado investigación, recomendaciones e incluso propuestas legislativas.

De nueva cuenta reiteramos el gusto por la liberación del joven Marduk, pero se pone en evidencia que las autoridades y organizaciones actúan con rapidez, atención y servicio, solamente cuando existe una cuestión de medios de comunicación y que puedan sacar partido de ello. Como dice el dicho “Candil de la calle, oscuridad de su casa”.

¿Y usted qué opina?